| El Estudio de Detalle tiene por objeto establecer la ordenación de volúmenes sobre la parcela modificando las condiciones de estética para permitir que las edificaciones resultantes se inscriban en un círculo de ciento sesenta metros de diámetro,no rebasando la mayor longitud de las fachadas de los edificios los ciento siete metros así como establecer la definición en la parcela de cuatro plataformas que permiten fijar las cotas de nivelación de planta baja, de cara a la implantación de las respectivas edificaciones a referenciar sobre las mismas, en aplicación de los artículos 8.5.14.2 y 6.6.15.1.b.ix de las Normas Urbanísticas. |