| Por parte de la Congregación de Religiosos de los Sagrados Corazones, se manifiesta que es propietaria de la finca urbana sita en la c/ Padre Damián, 2, en la que se ubican diversos cuerpos de edificación como son el Templo Parroquial, la Casa Parroquial y la Casa Provincial. Todo ello conforma el Centro Parroquial de los Sagrados Corazones y constituye una única unidad registral. Por consiguiente, solicitan la subsanación del error material del Plan General de Ordenación Urbana de 1997, originado por una delimitación incorrecta de la parcela calificada de Equipamiento Privado, ya que ésta únicamente incluye los terrenos ocupados por la Iglesia de los Sagrados Corazones, y deja fuera de la parcela dotacional el suelo donde se ubican el resto de los edificios parroquiales. |