PGOUM-97

PLANEAMIENTO DE DESARROLLO Y MODIFICACIONES DEL PLAN GENERAL

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ERM.13.301 C/ MARTÍNEZ DE LA RIVA, 40
Figura: SUBSANACIÓN DE ERROR MATERIAL Tipo Planeamiento: DOTACIONAL
Expediente: 711/1999/22347 Archivo de Planos: -
Ámbito de Ordenación:
4.
Ditrito: PUENTE DE VALLECAS Iniciativa: PRIVADA
Sistema de Actuación: DEFINIDA EN PLAN GENERAL Promotor: MANUEL ALCAIDE MUÑOZ
Unidad Tramitadora: PLANEAMIENTO URBANÍSTICO
DESCRIPCIÓN ÁMBITO PLANEAMIENTO
C/ Martínez de la Riva, 40 c/v Párroco Emilio Franco, 3.
RESUMEN CONTENIDO
En el momento de elaboración del PGOUM, la parcela sita en la c/ Martínez de la Riva, 40 era de titularidad privada, en ella no se desarrollaba ninguna actividad de carácter dotacional, y en el planeamiento inmediatamente anterior no existía ningún precedente de calificación urbanística de la misma para Uso Dotacional. De las anteriores consideraciones cabe concluir que en el PGOUM-97 se ha producido un error material en el ámbito de esta finca, consistente en la calificación de la misma de Equipamiento Básico en el Plano de Ordenación, sin que en el Plano de Gestión se prevea el correspondiente modo de obtención de la parcela para su incorporación al Patrimonio Municipal de Suelo. En consecuencia, se propone la corrección de dicho error material, que consiste, tal como se recoge en el anexo nº 1 "Propuesta de subsanación de error material", en la desvinculación de la parcela a la calificación de Equipamiento Básico en el Plano de Ordenación, lo que implica su regulación urbanística por la NZ-4 fijada por el Plan General para el ámbito en que se ubica y no por las Condiciones Particulares del Uso Dotacional de Equipamiento que le eran de aplicación. Igualmente la subsanación del error material conlleva la exclusión de esta parcela como "Dotación Pública Existente" en el Plano de Gestión.
TRAMITACIÓN
FECHA TRÁMITE ÓRGANO
30/11/1999 Aprobación Inicial Ayuntamiento Pleno
07/05/2001 Publicación Boletín Boletín Oficial CM
USOS
USO EDIFICABILIDAD UNIDAD
No existen USOS
EQUIPO REDACTOR:
SUGERENCIAS:
ALEGACIONES:
OBSERVACIONES:
Con fecha 28/03/2001, el Ayuntamiento Pleno aprobó inicialmente el MPG.13.303, con nº expte: 716/2000/176, dejando sin efecto el presente ERM.