PGOUM-97

PLANEAMIENTO DE DESARROLLO Y MODIFICACIONES DEL PLAN GENERAL

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MPP.16.202 CIUDAD AEROPORTUARIA-PARQUE DE VALDEBEBAS
Figura: MODIFICACIÓN PLAN PARCIAL Tipo Planeamiento: ORDENACIÓN
Expediente: 711/2006/12638 Archivo de Planos: 06/035
Ámbito de Ordenación:
UNP.4.01
Ditrito: HORTALEZA Iniciativa: PRIVADA
Sistema de Actuación: DEFINIDA EN PLAN GENERAL Promotor: CAMPUS DE LA JUSTICIA DE MADRID, S.A.
Unidad Tramitadora: INICIATIVA PRIVADA 2
DESCRIPCIÓN ÁMBITO PLANEAMIENTO
Sector de Suelo Urbanizable 4.01 "Parque de Valdebebas-Ciudad Aeroportuaria"
RESUMEN CONTENIDO
La presente modificación se tramita con el objeto de adaptar las determinaciones del Plan Parcial Parque de Valdebebas a los condicionantes de desarrollo derivado de la implantación del Campus de la Justicia, con objeto de optimizar el uso de la zona verde de la calle 7ª del Proyecto y su funcionalidad e integración urbanística en el Campus de Justicia, sin modificar las superficies y parámetros reflejados en el Plan Parcial.
TRAMITACIÓN
FECHA TRÁMITE ÓRGANO
30/11/2006 Aprobación Inicial Junta de Gobierno
02/01/2007 Publicación Boletín Boletín Oficial CM
28/03/2007 Aprobación Definitiva Ayuntamiento Pleno
05/06/2007 Publicación Boletín Boletín Oficial CM
USOS
USO EDIFICABILIDAD UNIDAD
No existen USOS
EQUIPO REDACTOR:
SUGERENCIAS:
ALEGACIONES:
OBSERVACIONES:
El Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 28 de Noviembre, en su punto 22 tomó el acuerdo de: Ejecutar la sentecia número 216, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, y la sentencia del Tribunal Supremo, de 3 de julio de 2007, mediante la aprobación de la Documentación Complementaria a la Memoria del vigente Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, relativa a la subsanación de las determinaciones de clasificación de suelos no urbanizables protegidos, anulados por las referidas sentencias. Dicha sentencia afecta en su punto séptimo a esta clave en el sentido: "Disponer la conservación de los acuerdos de aprobación definitiva de los instrumentos de planeamiento de desarrollo de los ámbitos incluidos en el punto tercero del presente acuerdo, dotándoles de eficacia retroactiva con efectos de la fecha de su adopción, pero condicionados a la aprobación definitiva de la documentación complementaria a la Memoria del vigente Plan General".