| PE.05.325 | CALLE VELÁZQUEZ 160 | |||
| Figura: | PLAN ESPECIAL | Tipo Planeamiento: | OTROS | |
| Expediente: | 711/2006/18030 Ver Documentos | Archivo de Planos: | 06/069 | |
| Ámbito de Ordenación: |
4.
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| Ditrito: | CHAMARTÍN | Iniciativa: | PRIVADA | |
| Sistema de Actuación: | DEFINIDA EN PLAN GENERAL | Promotor: | DELITE HABITAD, S.L. | |
| Unidad Tramitadora: | ZONAS PROTEGIDAS 1 | |||
| DESCRIPCIÓN ÁMBITO PLANEAMIENTO | |||
| La parcela situada en esquina, está delimitada por las calles Rodríguez Marín, Velázquez, Antonio Rodríguez Villa y el APE 05.15 "Colonia Cruz del Rayo". Linda al noreste con una vivienda unifamiliar de una planta e incluida en la Colonia Histórica y al sureste, con un edificio actualmente de dos plantas perteneciente a la Norma Zonal 4 y por tanto, con la posibilidad de ampliar su altura hasta 4 plantas más ático. |
| RESUMEN CONTENIDO | |||
| Plan Especial para la modificación de la ordenación pormenorizada previamente establecida por el Plan General en aras de la mejor integración del nuevo edificio con respecto al ámbito en el que se ubica. La propuesta consiste en escalonar el edificio en uno de los linderos laterales para evitar tanta diferencia de altura con la vivienda colindante, perteneciente al APE 05.15 "Colonia Cruz del Rayo". Se varían el número de plantas, pasando de 4 plantas más ático a 5 más ático; y la altura máxima de cornisa, pasando 15 m. a 19,64 m. Se establece una separación al lindero lateral, colindante con la vivienda unifamiliar de 2,50 m. en planta 3ª y 4ª, y e 7,20 m. y 5,36 m. en planta 5ª y ático. |
| TRAMITACIÓN | ||||||||||||
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| Superfie del Ámbito: 326 m2 | |||
| USOS | |||
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| EQUIPO REDACTOR: | Jose Miguel Gastón de Iriarte y Medrano | ||
| SUGERENCIAS: | |||
| ALEGACIONES: | |||
| OBSERVACIONES: | |||
| Respecto al resto de condiciones se aplicarán las establecidas en la Sección Segunda "Condiciones de las obras de nueva edificación" del Capítulo 8.4 "Condiciones particulares de la Zona 4: Edificación en manzana cerrada" de las Normas Urbanísticas. | |||