PGOUM-97

PLANEAMIENTO DE DESARROLLO Y MODIFICACIONES DEL PLAN GENERAL

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PE.02.320 C/ MÉNDEZ ALVARO, 44
Figura: PLAN ESPECIAL Tipo Planeamiento: USOS
Expediente: 711/2007/17058 Archivo de Planos: 07/067
Ámbito de Ordenación:
9.5
Ditrito: ARGANZUELA Iniciativa: PRIVADA
Sistema de Actuación: EJECUCIÓN DIRECTA Promotor: REPSOL YPF
Unidad Tramitadora: SERVICIO DE LICENCIAS
DESCRIPCIÓN ÁMBITO PLANEAMIENTO
El ámbito de este Plan Especial corresponde a todos los efectos con las parcelas y edificios sitos en la c/ Méndez Álvaro 44 y 54.
RESUMEN CONTENIDO
El Plan Especial define las obras necesarias para poder construir un garaje aparcamiento de aproximadamente 60.000 m2 bajo la finca resultante, se procederá a la cesión de la finca destinada a zona verde, la nueva edificación se ajustará a las condiciones de la norma zonal 9.5º, salvo en la variación de los retranqueos a la ampliación de la zona verde y la edificabilidad.
TRAMITACIÓN
FECHA TRÁMITE ÓRGANO
19/06/2008 Aprobación Inicial Junta de Gobierno
24/07/2008 Publicación Boletín Boletín Oficial CM
31/10/2008 Aprobación Definitiva Ayuntamiento Pleno
22/11/2008 Publicación Boletín Boletín Oficial CM
Superfie del Ámbito: 32192 m2
USOS
USO EDIFICABILIDAD UNIDAD
No existen USOS
EQUIPO REDACTOR: Rafael de la Hoz
SUGERENCIAS:
ALEGACIONES:
OBSERVACIONES:
Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos (PECUAU)
Se crean dos parcelas resultantes una destinada a zona verde y otra destinada a oficinas, dispone de informes favorables con prescripciones del Área de Gobierno de Medio Ambiente y del Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad. Con fecha 23/12/2009 se propone subsanar un error material gráfico que no se puede dar de alta en la actualización de planeamiento al tener el mismo nº expdte: 711/2007/17058. La descripción sintética de la propuesta es: En el Plano 09 "Alineaciones y Rasantes" que obra en el Folio 340 del expediente se han detectado dos errores: 1) En primer lugar, la longitud de la alineación oficial en la esquina oeste de la parcela que linda con la zona verde existente. 2) La ubicación de la dimensión del ángulo de 178º que forman los dos tramos rectos de la alineación oficial con la calle Méndez Alvaro. Dicho error, que es sustancialmente un error de hecho, puede ser calificado en términos jurídicos como error material, por lo que procede su rectificación mediante la asignación en el nuevo plano aportado de las medidas correctas.
Gestión pendiente de materializar.