| Ejecutar la sentencia nº 216 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de fecha 27 de febrero de 2003 casada parcialmente por la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 3 de julio de 2007, en el sentido de considerar anuladas las determinaciones del Plan General de Ordenación Urbana de 1997 que suponían la desclasificación de los terrenos clasificados por el Plan General de Ordenación Urbana de 1985 como suelos no urbanizables de Especial Protección Ecológica, en los ámbitos que a continuación se relacionan, al no ser posible justificar urbanísticamente la reclasificación:
-Terrenos de SNU-EPE colindantes con el Monte del Pardo, cuartel del Sitio, que el NPG ha incluido en el ámbito APE.08.06 "Colonia Mingorrubio".
- Terrenos de SNU-EPE del Monte del Pilar, que el NPG ha incluido en el ámbito UNP 4.08 "Aravaca-La Escorzonera-Monte del Pilar".
Y ordenar, en relación con estos ámbitos, que se realicen las actuaciones administrativas que se estimen necesarias para adaptar la clasificación que el Plan General de Ordenación Urbana de 1985 da a dichos suelos a la ordenación urbanística del Plan General de 1997, en orden a lo dispuesto en el fallo judicial. |