| Tiene por objeto modificar, para su mejora, las condiciones de la ordenación pormenorizada sobre la parcela y el edificio, para lo que se propone la transformación del grado dentro de la norma zonal 9, que pasaría del 2º al 4º manteniéndose el uso industrial pero permitiendo como autorizable la implantación del uso terciario comercial en categoría mediano comercio en edificio exclusivo para lo que se analiza la incidencia que tiene en el entorno la implantación de este uso. Además, se reacondicionan los espacios edificados para ajustar la edificabilidad máxima a la permitida para el nuevo uso y se regula el régimen de obras de rehabilitación que permite la adaptación de la nueva actividad al entorno y se habilitan las plantas superiores del edificio como zona de aparcamiento cumpliendo la dotación obligatoria prevista. |