| El ED se tramita para establecer una nueva ordenación que permita la sustitución del edificio existente de acuerdo con el art. 8.3.5.3.a.1 de las NN.UU. del PGOUM. El volumen planteado para el nuevo edificio residencial tiene 6 plantas más ático, y una altura máxima de coronación de 25, frente a las 8 plantas y 30 m. establecidos como máximo por la Norma Zonal 5 grado 2º, de aplicación en los casos de sustitución de edificios en Norma Zonal 3.1. El volumen se escalona a los linderos y a la alineación de modo que permita el cumplimiento de las separaciones establecidas.
La Norma Zonal 3 está afectada por la Modificación Puntual del Plan General exp. 711/2011/1991, que fue aprobada provsionalmente por el Excmo. Ayuntamiento Pleno el 27/06/2012. El plazo de suspensión de licencias ha finalizado el pasado mes de febrero. |