| La edificabilidad máxima que se propone es de 1.414,03 m2, no llegando a agotar la edificabilidad máxima permitida que es de 1.641,44 m2. Se ha considerado que la nave existente en el patio de manzana es, según el apartado c) del art. 8.1.22 de las NN.UU., una edificación interior, porque se regula según las disposiciones del art. 8.1.28.4 apartado 4.4.
El Pleno del Ayuntamiento de fecha 30/03/2016 ha adoptado el siguiente acuerdo en el expediente nº 711/2016/04558:
"Primero.- Iniciar el procedimiento de revisión para la declaración de nulidad del Plan Especial para la implantación y transformación de usos en el interior del patio de manzana situado en la c/ Máiquez, 64B.
Segundo.- Suspender los efectos del Plan Especial hasta la resolución del procedimiento de revisión."
El Pleno del Ayuntamiento de 29/06/2016 propuso "ampliar tres meses el plazo máximo de resolución y notificación del procedimiento de revisión de oficio del Plan Especial para la implantación y transformación de usos en el interior del patio de manzana de la c/ Máiquez número 64 B". (Expte: 711/2016/04558). BOCM 19/07/2016.
El Pleno del Ayuntamiento de 29/11/2016 acordó:
- 1º.- No proceder a la revisión de oficio del Plan Especial para la implantación y transformación de usos en el interior del patio manzana situado en la c/ Máiquez, 64 B.
- 2º.- Alzar la suspensión de los efectos del Plan Especial, acordada por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el 30/03/2016, sin perjuicio de lo dispuesto por el Auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de fecha 10/06/2016, en el PO 1230/2015, por el que se acuerda la suspensión del Plan Especial para la implantación y transformación de usos en el interior del patio de manzana situado en la c/ Máiquez, 64 B accediendo a la medida cautalar interesada con motivo del recurso contencioso administrativo interpuesto por las comunidades de propietarios de la c/ Doce de Octubre, 27 y otras 8 comunidades de propietarios.
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