| El objeto del Plan Especial es la ordenación pormenorizada de la parcela, estableciendo las condiciones de protección que debe configurar con todos sus elementos, un nuevo conjunto Histórico en el entorno del monumento. El plan regula a través de las correspondientes Ordenanzas: una zona de especial protección constituida por el Bien de Interés Cultural, el jardín vinculado al mismo y el edificio Torreón; unas zonas edificables que se definen mediante la delimitación de áreas de movimiento de la edificación donde deberán situarse las construcciones de nueva planta o sustitución; y el resto serán zonas marginales de circulación o distribución del espacio entre bloques. |