PGOUM-97

PLANEAMIENTO DE DESARROLLO Y MODIFICACIONES DEL PLAN GENERAL

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MPE.00.390 ALAMEDA DE OSUNA - CIUDAD PEGASO
Figura: MODIFICACIÓN PLAN ESPECIAL Tipo Planeamiento:
Expediente: 713/2001/00193 Ver Documentos Archivo de Planos: 01/180
Ámbito de Ordenación:
APR.21.01
Ditrito: VARIOS Iniciativa: MUNICIPAL
Sistema de Actuación: DEFINIDA EN PLAN GENERAL Promotor: G.M.U.
Unidad Tramitadora: TÉCNICO ADJUNTO-DS DURB
DESCRIPCIÓN ÁMBITO PLANEAMIENTO
El APR. 21.01 Vía de la Gasolina Norte y el APR.20.03 Vía de la Gasolina Sur conforman el ámbito del Plan Especial Nueva Avenida: Alameda de Osuna - Ciudad Pegaso.
RESUMEN CONTENIDO
Durante el período de información pública del PE.00.304, se presentaron cinco alegaciones que tras ser objeto de un estudio pormenorizado por los servicios técnicos competentes, han sido estimadas en su totalidad, corrigiéndose el contenido del documento aprobado inicialmente, en el sentido de dar carácter prioritario a las determinaciones del Plan Especial referidas a las zonas verdes y espacios peatonales reduciendo al mínimo las áreas destinadas a viario rodado. El resultado es un nuevo documento en el que se recoge la misma Memoria de Información y se corrigen la Memoria de Ordenación, las Normas Urbanísticas, Gestión y Plan de Etapas y el Estudio Económico-Financiero. Los anexos se mantienen todos a excepción del anexo 3 "Alternativas de conexión de Alameda de Osuna y Ciudad Pegaso a través de la carretera Nacional II" que se elimina como consecuencia del nuevo proyecto. En cuanto a la documentación gráfica se mantienen los planos de información y se realiza un nuevo documento de Planos de Proyecto.
TRAMITACIÓN
FECHA TRÁMITE ÓRGANO
06/05/2004 Aprobación Inicial Junta de Gobierno
15/06/2004 Publicación Boletín Boletín Oficial CM
19/11/2004 Aprobación Definitiva Ayuntamiento Pleno
04/03/2005 Publicación Boletín Boletín Oficial CM
USOS
USO EDIFICABILIDAD UNIDAD
DOTACIONAL 0.00 m2
EQUIPO REDACTOR: Dpto. Técnico Adjunto
SUGERENCIAS:
ALEGACIONES:
OBSERVACIONES:
Con fecha 08/11/2001 se aprobó inicialmente el PE.0.304, que en el período de información pública tuvo diversas sugerencias que se estimaron en su totalidad, por lo que fue necesaria su modificación. Al ser el RGª de los dos expedientes el mismo, ha sido necesario dar de baja el PE. para poder dar de alta el MPE. Como se explica en el párrafo anterior el PE.00.304 se dió de baja por lo que se le dió al mismo nº de exp.700/2010/1759 "Área Intermodal Plaza de Alsacia". Al no existir un PE anterior se da de alta con un número tan alto este MPE, pra que no interfiera con modificaciones que pudieran tener PE que se fueran desarrollando correlativamente.