| La parcela situada en la c/ Abrantes, 111, calificada de Deportivo Básico, sería la adecuada para la atención de las necesidades sociosanitarias de la población residente en el barrio y no la parcela sita en la Avda. Poblados c/v Vía Lusitana, calificada actualmente de Equipamiento Básico que, no obstante, podría vincularse al uso de Deportivo Básico para la cobertura de las necesidades deportivas, conforme a los objetivos prioritarios de la propuesta dotacional del Plan General. En consecuencia, la propuesta de modificación en las condiciones de ordenación y regulación es la siguiente: 1º) Se califica de Equipamiento Básico la parcela situada en la c/ Abrantes, 111, que se regulará conforme a lo establecido en las condiciones particulares del Uso de Equipamiento contenidas en el Capítulo 7.10 de las Normas Urbanísticas del Plan General. 2º) Se califica de Deportivo Básico la parcela ubicada en la Avda. Poblados c/v Vía Lusitana, API.11.08, que se regulará conforme a lo establecido en las condiciones particulares del Uso Deportivo fijadas en el Capítulo 7.9 de las NN.UU. del Plan General. |