PGOUM-97

PLANEAMIENTO DE DESARROLLO Y MODIFICACIONES DEL PLAN GENERAL

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PE.09.311 C/ ARROYO DEL FRESNO
Figura: PLAN ESPECIAL Tipo Planeamiento: ORDENACIÓN
Expediente: 716/2003/00152 Ver Documentos Archivo de Planos: 03/124
Ámbito de Ordenación:
APE.09.23
Ditrito: MONCLOA Iniciativa: MUNICIPAL
Sistema de Actuación: DEFINIDA EN PLAN GENERAL Promotor: G.M.U.
Unidad Tramitadora: DS PLAN GENERAL
DESCRIPCIÓN ÁMBITO PLANEAMIENTO
C/ Arroyo del Fresno.
RESUMEN CONTENIDO
Plan Especial redactado al amparo del artículo 50.1 A) de la LSCM para incorporar al ámbito una reserva de superficie de suelo para servicios infraestructurales, redistribuyendo espacialmente los usos ya previstos en el APE.09.23
TRAMITACIÓN
FECHA TRÁMITE ÓRGANO
18/03/2004 Aprobación Inicial Junta de Gobierno
06/05/2004 Publicación Boletín Boletín Oficial CM
23/07/2004 Aprobación Definitiva Ayuntamiento Pleno
29/09/2004 Publicación Boletín Boletín Oficial CM
Superfie del Ámbito: 27350 m2
USOS
USO EDIFICABILIDAD UNIDAD
RESIDENCIAL 1.00 m2
DOTACIONAL 220.00 m2
EQUIPO REDACTOR:
SUGERENCIAS:
ALEGACIONES:
OBSERVACIONES:
El ámbito objeto del presente Plan Especial está actualmente constituido por un área de suelo urbano con su gestión remitida (APE 9.23) regulado por normas específicas para el uso deportivo y el uso residencial. El Ayuntamiento de Madrid ha iniciado la realización de unas obras de acceso a un colector del sistema de alcantarillado en el subsuelo de la finca. La ralización de este acceso, la propia existencia de esta infraestructura municipal y la presencia en este mismo entorno de una conducción de gas natural, hace incompatible la implanación del uso residencial previsto por el planeamiento en dich área. El Plan Especial que se redacta propone, manteniendo el APE, redifinir las condiciones pormenorizadas de éste área de la siguiente manera: - Incorporación al ámbito de la reserva de superficie de suelo para servicios infraestructural. - Redistribución espacial de los usos: desplazamiento de la zona residencial hacia el este, manteniendo su superficie. - Ajuste puntual del índice de edificabilidad en el suelo deportivo privado para mantener los mismos derechos fijados por el PG97. Como consecuencia de ello se mantiene para el uso residencial la misma superfice y Norma Zona de aplicación (NZ 8.4); para el uso deportivo, se mantiene la edificabilidad de 220 m2 disminuyendo la superficie de 6.300 m2 a 5.087; se establece una nueva reserva de una parcela de 1.000 m2 para el uso de servicios infraestructurals y se aumenta en 213 m2 la supeficie de viario consecuencia de una medición más precisa del ámbito.