El Plan Especial, a la vista de la demanda formulada por la Junta Municipal de Distrito, así como los déficits detectados en materia de equipamiento educativo en los barrios del sur de Arganzuela, plantea una reestructuración del espacio público del entorno en la calle Bronce nº 1, al objeto de viabilizar la ejecución de un Centro Educativo ajustado a los requerimientos sectoriales fijados por la legislación autonomica en materia educativa y posibilitar la creación de un área estancial como espacio público, libre de edificación, adyacente a la red viaria, cuya función principal sea la de facilitar la permanencia temporal de los peatones así como articular los numerosos viajes peatonales que, previsiblemente, originará la nueva estación de Metro de la Línea 6, prevista por la Comunidad de Madrid en el subsuelo del ámbito.
La ordenación propuesta por el Plan Especial prevé la ampliación de la parcela calificada de Uso Dotacional de Equipamiento Básico (EB), cuya superficie pasa de 3.205,6 m2 a 9.605,45 m2, como consecuencia de la extensión de la calificación de Equipamiento al suelo, situado al norte de la parcela. Asimismo el Plan Especial reordena la franja de suelo dotacional calificado de Zona Verde por el API 02.14 actualmente colindante con el aparcamiento, lo que supone un incremento de 952 m2 del suelo calificado para este uso en el ámbito del Plan Especial. Junto a la Zona Verde, se propone la creación de un Area Estancial de 2.287,70 m2 como espacio público, libre de edificación, adyacente a la red viaria, cuya función principal será la de facilitar la permanencia temporal de los peatones así como articular los numerosos viajes peatonales aque generarán tanto la zona verde y el centro educativo como la nueva estación de Metro de Arganzuela. La reeestructuración del viario local conlleva en el Plan Especial la recalificación de 1.048,90 m2 de suelo necesarios para completar la malla viaria de conexión existente. Al tratarse de una actuación aislada en Suelo Urbano no se exige la delimitación de Unidad de Ejecución. Dado que la totalidad de los terrenos son de titularidad municipal, no es necesario la definición de un sistema de obtención del suelo objeto del presente Plan Parcial.
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