PGOUM-97

PLANEAMIENTO DE DESARROLLO Y MODIFICACIONES DEL PLAN GENERAL

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MPG.19.303 ÁREA DE PROTECCIÓN GEOLÓGICA "CERRO DE LA HERRADURA"
Figura: MODIFICACIÓN DEL PLAN GENERAL Tipo Planeamiento: ORDENACIÓN
Expediente: 716/2004/00117 Ver Documentos Archivo de Planos: 04/117
Ámbito de Ordenación:
UZP.2.02
Ditrito: VICÁLVARO Iniciativa: MUNICIPAL
Sistema de Actuación: DEFINIDA EN PLAN GENERAL Promotor:
Unidad Tramitadora: GESTIÓN URBANA Y ESTRATEGIA AMBIENTAL
DESCRIPCIÓN ÁMBITO PLANEAMIENTO
RESUMEN CONTENIDO
El objetivo de la presente modificación es la adecuación de la delimitación del área de protección geológica correspondiente al "Cerro de la Herradura" a los terrenos que en la actualidad presentan valores ambientales que motivan dicha protección, tras las significativas transformaciones que se han producido en este ámbito como consecuencia de la creación de diferentes infraestructuras de gran entidad próximas al mismo.
TRAMITACIÓN
FECHA TRÁMITE ÓRGANO
31/05/2006 Aprobación Inicial Ayuntamiento Pleno
10/07/2006 Publicación Boletín Boletín Oficial CM
27/09/2006 Aprobación Provisional Ayuntamiento Pleno
18/05/2007 Aprobación Definitiva Comunidad de Madrid
04/06/2007 Publicación Boletín Boletín Oficial CM
USOS
USO EDIFICABILIDAD UNIDAD
No existen USOS
EQUIPO REDACTOR:
SUGERENCIAS:
ALEGACIONES:
OBSERVACIONES:
El Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 28 de Noviembre, en su punto 22 tomó el acuerdo de: Ejecutar la sentencia número 216, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, y la sentencia del Tribunal Supremo, de 3 de julio de 2007, mediante la aprobación de la Documentación Complementaria a la Memoria del vigente Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, relativa a la subsanación de las determinaciones de clasificación de suelos no urbanizables protegidos, anulados por las referidas sentencias. Dicha sentencia afecta en su punto sexto a esta clave en el sentido: "Disponer la conservación de los acuerdos de aprobación provisional de las modificaciones puntuales del Plan General y del Plan de Sectorización en los ámbitos incluidos en el punto tercero del presente acuerdo, dotándoles de eficacia retroactiva con efectos desde la fecha de su adopción, pero condicionados a la aprobación definitiva de la documentación complementaria a la Memoria del vigente Plan General por el órgano competente de la Comunidad de Madrid".