Cambios para el documento Actuación general

Última modificación por Adil jeniah ben mezuari el 10/06/2026 12:26

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1 -Actuación General
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81 81  ** Voluntaria del paciente, a petición del mismo, incluso cuando sus lesiones pudieran requerir atención complementaria en un centro sanitario. Esta situación puede ocurrir de dos formas:
82 82  *** a solicitud propia: el paciente una vez atendido, y en pleno uso de sus facultades, rechaza el traslado a cualquier centro sanitario, por hacerse cargo personal de la resolución de sus patologías. Se actuará conforme al procedimiento establecido, dejando constancia escrita en el informe de esta circunstancia y de los consejos dados por el personal facultativo o enfermero.
83 83  *** no colaborador: el paciente en pleno uso de sus facultades mentales, se niega a ser atendido, y por lo tanto, a ser trasladado. La actuación en este caso se realizará conforme al procedimiento de intervención correspondiente.
84 -* **Solicitud de SAMUR Social**. Para aquellos casos en que no se estime una patología urgente sanitaria que precise la asistencia de este tipo, siendo una problemática urgente de carácter social. En este caso se solicitará a la Central de Comunicaciones la activación del servicio SAMUR SOCIAL, siempre que el paciente ofrezca su conformidad, así como que garantice la permanencia en el lugar en espera del citado servicio. Se comunicará a la Central de Comunicaciones en modo privado o vía telefónica cuantos datos se dispongan del ciudadano, dando prioridad a los datos de sexo, edad, nombre si lo hubiere, así como su nacionalidad. Igualmente se informará de las causas existentes para la activación del servicio o de las necesidades del ciudadano ([[ver procedimiento de Actuación conjunta con SAMUR-Social>>doc:Procedimientos Operativos.Actuaciones Conjuntas.Con SAMUR Social.WebHome]]).
111 +* **Solicitud de SAMUR Social**. Para aquellos casos en que no se estime una patología urgente sanitaria que precise la asistencia de este tipo, siendo una problemática urgente de carácter social. En este caso se solicitará a la Central de Comunicaciones la activación del servicio SAMUR SOCIAL, siempre que el paciente ofrezca su conformidad, así como que garantice la permanencia en el lugar en espera del citado servicio. Se comunicará a la Central de Comunicaciones en modo privado o vía telefónica cuantos datos se dispongan del ciudadano, dando prioridad a los datos de sexo, edad, nombre si lo hubiere, así como su nacionalidad. Igualmente se informará de las causas existentes para la activación del servicio o de las necesidades del ciudadano ([[ver procedimiento de Actuación conjunta con SAMUR-Social>>doc:Procedimientos Operativos.Actuaciones conjuntas.Con SAMUR Social.WebHome]]).
85 85  * **Rechaza asistencia o traslado**. Para USVB con pacientes que no desean ser trasladados o no quieren ser atendidos. Esta situación puede ocurrir de dos formas:
86 86  ** a solicitud propia: el paciente una vez atendido, y en pleno uso de sus facultades, rechaza el traslado a cualquier centro sanitario. Se actuará conforme al procedimiento de intervención establecido.
87 87  ** no colaborador: el paciente en pleno uso de sus facultades mentales, se niega a ser atendido, y por lo tanto, a ser trasladado. La actuación en este caso se realizará conforme al procedimiento correspondiente.
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107 107  
108 108  __Accidentes de mercancías peligrosas__
109 109  
110 -Estas situaciones requieren la actuación de diferentes instituciones, así como la adopción de medidas excepcionales de seguridad por parte de las unidades intervinientes. Su cobertura requiere la transmisión a la Central de Comunicaciones de los datos identificativos de la materia transportada (siempre y cuando sea posible y no ponga en peligro la integridad de la/las unidades intervinientes) por el vehículo siniestrado como paso previo a la actuación, así como la máxima coordinación con los equipos de extinción. La actuación será autorizada por los equipos de bomberos, siempre que los riesgos de la situación hayan sido controlados ([[ver procedimiento de actuación con Bomberos y Actuación en situaciones NRBQ>>doc:Procedimientos Operativos.Actuaciones Conjuntas.Con Bomberos.WebHome]]).
137 +Estas situaciones requieren la actuación de diferentes instituciones, así como la adopción de medidas excepcionales de seguridad por parte de las unidades intervinientes. Su cobertura requiere la transmisión a la Central de Comunicaciones de los datos identificativos de la materia transportada (siempre y cuando sea posible y no ponga en peligro la integridad de la/las unidades intervinientes) por el vehículo siniestrado como paso previo a la actuación, así como la máxima coordinación con los equipos de extinción. La actuación será autorizada por los equipos de bomberos, siempre que los riesgos de la situación hayan sido controlados ([[ver procedimiento de actuación con Bomberos y Actuación en situaciones NRBQ>>doc:Procedimientos Operativos.Actuaciones conjuntas.Con Bomberos.WebHome]]).
111 111  
112 112  __Accidentes colectivos que precisen la actuación de más de tres unidades__
113 113