Versión 2.1 por Miguel Angel escobar tellez el 05/05/2026 10:17

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12 El **Centro Coordinador de Emergencias de SAMUR-Protección Civil (CCES)** es el responsable de las comunicaciones durante los dispositivos de riesgo previsible.
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14 * Atendiendo a criterios de ocupación, carga de trabajo y facilitación de las comunicaciones, el Encargado del CCES podrá delegar el control de las Comunicaciones de el/los canal/es asignados a los servicios preventivos en las siguientes figuras:
15 ** **CECOR interno:** planificado en “Orden de Servicio” o sobrevenido.
16 ** **Base de Comunicaciones.** Se trata de la estructura de comunicaciones conformada por uno o más miembros de SAMUR-Protección Civil con la capacidad de gestionar las comunicaciones de uno o varios canales de comunicación durante el desarrollo de DRP y/o cualquier otro evento sobrevenido. La localización de la Base de Comunicaciones puede ser en una estructura móvil (CICOIN, vehículos, personal a pie, etc.) o en estructuras fijas (base operativa, otra localización, etc.). No requiere de un responsable jerárquico específico, depende organizativamente del mando de la Central de Comunicaciones.
17 ** **Coordinador o Jefe del DRP.**
18 ** **CECOR externo/UCO:** como cometido adicional al descrito en el procedimiento de CECOR en un dispositivo de riesgo previsible.
19 ** **Lima de Guardia.**
20 * El Encargado del CCES puede decidir gestionar las comunicaciones a través de la herramienta informática “DRP”. Esta decisión llevará implícita la apertura de un “CECOR Interno” de SAMUR-Protección Civil de forma sobrevenida, cuyo responsable, salvo delegación expresa en otra persona, será el Encargado del CCES. En dicho caso se actuará conforme al procedimiento de “CECOR en un DRP” y se emitirá el informe correspondiente al cierre del mismo. Esta decisión será comunicada con antelación al Lima de Guardia y/o al Responsable del DRP.
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24 En los DRP con CECOR interno se actuará según el procedimiento de CECOR en un dispositivo de riesgo previsible (enlace). En el resto de casos se actuará como sigue:
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26 * Salvo decisión expresa por parte del Encargado del CCES, se asignará un número de informe a cada unidad o PSA que comunique su operatividad para comenzar su servicio en un servicio preventivo.
27 * Podrá asignarse un canal de comunicación específico para uno o varios servicios preventivos de forma simultánea. Esta decisión debe autorizarse por el Encargado del CCES y deberá ser comunicada al Lima de guardia.
28 * Tras recibir el cierre del servicio por parte de un recurso operativo en un DRP, se cerrarán todas las asistencias realizadas.
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30 * Las unidades asistenciales comunicarán su operatividad a la salida de Base 0 por canal “SAMUR 2” de forma general, salvo comunicación expresa de haberse asignado un canal específico para dicho preventivo.
31 * Para cualquier otro comunicado, contactarán con el CCES por canal “SAMUR 1” salvo comunicación expresa de haberse asignado un canal específico para dicho preventivo.
32 * Las unidades operativas cumplirán con el procedimiento radiotelefónico, desplazándose con diligencia hasta el lugar de despliegue, e indicando de forma correspondiente las diferentes claves de actuación.
33 * En ausencia de un Responsable del DRP específicamente asignado a dicho evento, contactarán con el responsable del evento para informar de su presencia y localización.
34 * Cada unidad tendrá asignado un único número de informe para todos los pacientes y cada paciente un número de paciente correlativo (“barra”).
35 * En el caso de que hubiera un PSA actuará según lo descrito en el procedimiento de CECOR en un dispositivo de riesgo previsible.
36 * Al finalizar el DRP comunicarán con el CCES para realizar el cierre de los informes realizados.
37 * **Cierre del servicio en casos sin asistencias:**
38 ** Desarrollado el DRP sin asistencias: código W.7.1.
39 ** Cierre sin asistencias por suspensión de la actividad: código W.4.0.
40 * **Traslados hospitalarios:**
41 ** Las unidades no realizarán traslados sin la autorización del Responsable del DRP o, en su defecto, del CCES.
42 ** Si la unidad del DRP realizara un traslado, al finalizar el mismo deberá comunicar con el CCES para cerrar todos los pacientes atendidos con ese número de informe hasta ese momento y, si se incorporan de nuevo al DRP, recibir un nuevo número de informe.
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46 Manual de Procedimientos SAMUR-Protección Civil · edición 2026 1.1
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