Procedimientos operativos: Asistencia Sanitaria Urgente a Niños, Niñas y Adolescentes víctimas de violencia sexual. Código VISNNA.
Asistencia Sanitaria Urgente a Niños, Niñas y Adolescentes víctimas de violencia sexual. Código VISNNA.
Objetivo General: garantizar una atención sanitaria integral, efectiva y eficiente en el medio extrahospitalario a los niños, niñas y adolescentes (NNA) que hayan sufrido agresión sexual con contacto físico, aunque no haya lesiones físicas objetivables.
Objetivos específicos:
- Establecer pautas comunes de asistencia urgente y coordinada con otros servicios (sanitarios, policiales, judiciales y sociales).
- Determinar los centros de traslado de estos pacientes.
- Evitar intervenciones iatrogénicas y prevenir la “victimización secundaria” en todo momento.
- Garantizar la seguridad del NNA, valorando el riesgo de nuevas agresiones y adoptando las medidas pertinentes.
- Proporcionar atención psicológica y social mediante la coordinación con los recursos especializados de atención en violencia sexual existentes y de atención a la infancia.
Población diana:
Víctimas de agresión sexual reciente, con contacto físico o alta sospecha de ello, comprendidos en las siguientes franjas de edad:
- Niños, niñas y adolescentes de ambos sexos < 16 años.
- Adolescentes varones de 16 y 17 años.
- Quedan excluidas las mujeres de 16 y 17 años por estar incluidas en el Protocolo del Código VISEM.
Ver Anexo I (Autonomía Sanitaria en Personas Menores de Edad [NNA])
El procedimiento será de aplicación tanto en aquellas solicitudes de asistencia de forma expresa; como para aquellas detectadas por el personal de SAMUR Protección Civil en el desarrollo de cualquier asistencia por otro motivo.
Se incluirá dentro de esta codificación operativa a todo menor cuya edad se comprenda entre los criterios de inclusión de este procedimiento, que afirme o sospechemos que pueda haber sufrido una agresión sexual con contacto físico, aunque no haya lesiones físicas objetivables.
Dependiendo del tipo de suceso, se codificará con los siguientes “códigos de incidente”:
- Código 2.13 (Agresión Sexual).
- Código 2.13.1 (Agresión sexual facilitada por drogas, ASFD): Cuando cumplan al menos uno de los indicadores de sospecha de ASFD o sumisión química.
En la detección de un caso de violencia sexual en un NNA es infrecuente encontrar signos y/o lesiones físicas sospechosas de violencia sexual, por lo que en muchas ocasiones la detección se basa en la sospecha sustentada en la comunicación:
- Comunicación explícitadel hecho por parte del NNA, aunque sus explicaciones no sean coherentes, incluya contradicciones o se retracte de lo dicho en un primer momento.
- Comunicación no verbal, atendiendo a la gestualidad, expresión facial o postura corporal.
- Comunicación del hechopor parte de personas de su entorno.
- Comunicación realizada por profesionalesde otros ámbitos que están en contacto con el NNA (educación, servicios sociales, centros de atención temprana, centros de salud, programas deportivos, ocio y tiempo libre, agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad, profesionales que intervienen en las situaciones de violencia de género, etc.).
En este sentido, se valorarán comoindicadores de violencia sexual en NNA con mayor evidencia, los reflejados en los siguientes anexos:
Procedimiento operativo
1. Criterios de Activación del Código VISNNA:
CRITERIOS DE ACTIVACIÓN DEL CÓDIGO VISNNA |
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Niños, niñas y adolescentes de ambos sexos < 16 años.
+
Adolescentes varones de 16 y 17 años
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| Que haya sufrido una agresión sexual con contacto físico o alta sospecha del mismo |
| Tiempo trascurrido desde el episodio |
≤ 10 días / 240 h en los casos de existencia de coito vaginal
≤ 2 días / 48 h en agresiones sexuales con solo penetración bucal
≤ 3 días / 72 h en el resto de las agresiones sexuales
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2. Actuación General Central de Comunicaciones:
- Garantice preferentemente la presencia de Policía Municipal en el punto a través de CISEM, acorde a los siguientes criterios.
- Horario de 07:00h a 22:00h: Solicite Agentes Tutores de Policía Municipal.
- Horario de 22:00h A 07:00h: Solicite Policía Municipal, garantizando que se informa a la Comisaría de Atención a la Mujer, el Menor y el Mayor.
- En caso de no poder garantizar la presencia de Policía Municipal, solicite la presencia de Policía Nacional.
- Envíe preferiblemente USVA, con una dotación en la que al menos uno de los componentes que realice la atención sea del mismo sexo que la víctima.
- Active al Psicólogo de guardia.
- Informe al Supervisor de guardia.
- Si cumple los criterios de Código VISNNA (“protocolo de asistencia sanitaria urgente a niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia sexual”) una vez confirmado por la unidad en el punto, la Central preavisará el traslado del menor al hospital de referencia del código.
- Hospitales de traslado: HU La Paz (1,2,4,5), HU Ramón y Cajal (2,5), HU Infanta Leonor (2**,5**), HGU Gregorio Marañón (1,2,3,5), H Central de la Defensa Gómez Ulla (1*,5*), HU 12 de Octubre (1,2,3,5), H Clínico San Carlos (1,2,5), H Fundación Jiménez Díaz (1,2,4,5), H Infantil Universitario Niño Jesús (1,3,4,5)
- Servicios Relevantes relacionados con este código:
- (1) Cirugía pediátrica de guardia.
- (2) Cirugía general.
- (2*) Cirugía General a partir de los 16 años.
- (2**) Cirugía General a partir de los 16 años de 08:00h a 15:00h.
- (3) Psiquiatría de guardia infanto-juvenil.
- (4) Pediatría Social.
- (5) Urología.
- (5*) Solo urgencias urología de lunes a viernes de 8 a 15h.
- (5**) Solo Urología a partir de los 16 años, de 8 a 15h.
3. Valoración y Asistencia (Unidades asistenciales):
- Comunique/confirme a la Central la existencia de un código 2.13 o 2.13.1.
- En el caso de que la primera unidad en atender al paciente fuera una unidad de SVB, y sospechara un código 2.13/2.13.1, confirmará el código y solicitará una clave 16 de un SVA; evitando profundizar en la entrevista, en la medida de lo posible.
- En caso de confirmarse o sospecharse cualquiera de los códigos implicados en este procedimiento, el SVA actuante garantizará la presencia de Policía (siguiendo los criterios descritos previamente) y el Psicólogo de Guardia en el punto (si no se habían activado previamente por la central de comunicaciones).
- La asistencia debe ser rápida, priorizando la estabilización del paciente.
- Aspectos de la comunicación durante la asistencia:
- La comunicación por parte de los profesionales deberá ser objetiva, sin juicios de valor ni cuestionamiento del relato espontáneo que realice el NNA.
- Se dará apoyo y seguridad, utilizando un lenguaje sencillo, adecuado a la edad, cultura y circunstancias, asegurándose que se entiende lo que se le dice, realizando únicamente las preguntas imprescindibles a la víctima, dado que la entrevista clínica tendrá lugar en el medio hospitalario.
- Se proporcionará información inicial básica adaptada a la edad del NNA, incluyendo la necesidad del traslado a un hospital y explicando las técnicas realizadas.
- Se debe recabar el consentimiento verbal explícito (del NNA o de su representante legal), con un testigo (sanitario y/ policial), siempre teniendo presente el interés superior del NNA. Ver anexo 1
- Se debe evitar el paternalismo y la excesiva emocionalidad, sin que ello suponga una actitud distante.
Bajo estas premisas, las actuaciones a realizar “in situ”, son las siguientes:
- Se debe habilitar, en lo posible, un espacio que garantice la protección, intimidad y confidencialidad del NNA durante la atención sanitaria recibida.
- En un primer momento, hay que evaluar al NNA siguiendo el procedimiento de valoración inicial del paciente pediátrico (TEP + Valoración Primaria) que nos dará una primera impresión de su estado general y permitirá establecer un orden de prioridad en las medidas a tomar. Sólo se llevarán a cabo las actuaciones imprescindibles para evitar alterar pruebas forenses, cuya toma se hará en el SUH.
- Asegúrese de que la víctima esté acompañada en todo momento. Durante la atención sanitaria estarán presentes como mínimo dos personas del equipo asistencial, siendo preferible que al menos una de ellas sea del mismo sexo que la víctima.
- Si es posible espere la llegada del psicólogo para evitar la re-entrevista y la victimización secundaria.
- Actúe conforme al procedimiento terapéutico específico, en función de la patología principal que presente el paciente.
- Valore el estado psicológico y de conciencia, reflejando por escrito las palabras textuales de la víctima, su apariencia y comportamiento (no significativo, confuso, desorientado…) y si las hubiera, sus sensaciones de suciedad y/o asco manifestadas u observadas.
- Valore las lesiones físicas y los signos/síntomas de intoxicación para priorizar traslado hospitalario en caso de gravedad frente a otros trámites.
- Valorar el riesgo de nuevas agresiones y el riesgo autolítico.
Si se trata de un código VISNNA la recogida de muestras por el personal sanitario se realizará en el hospital donde se atienda al menor.
En el caso excepcional de realizar recogida de muestras no biológicas (ropa interior, compresas, otras prendas que puedan contener pruebas):
- Evite manipulación innecesaria; realice la recogida con guantes y mascarilla en el ámbito más limpio posible. Si se trata de ropa, guarde individualmente cada una de las prendas en bolsas de papel; si se trata de líquido (bebidas u otros), en recipiente hermético y si se trata del recipiente con sospecha de haber contenido el tóxico, embolse en plástico.
- Debe quedar documentada en la historia clínica la manipulación que se haya realizado.
- Si el/la menor tiene intención de asearse antes de su traslado al hospital (ducha, lavado, cambio de ropa, limpieza o enjuague de la boca), se le debe explicar la importancia de la preservación de las pruebas con el fin de hacerla desistir. Por la misma razón hay que indicarle que, en la medida de lo posible, evite orinar, defecar, comer y fumar. Si ya lo hubiera hecho, se reflejará en el informe clínico asistencial, cuantificando el número de veces que lo ha realizado después del acto de violencia sexual.
- En caso de haber existido una penetración por vía bucal, es muy importante evitar la toma de líquidos o alimentos, así como fumar, antes del reconocimiento en el hospital.
- CADENA DE CUSTODIA: Identifique cada una de las muestras con el nombre del paciente, fecha, hora y nombre y firma de quien las recoge. Cuando se realice la entrega a terceros se deberá reflejar de igual manera la Fecha, hora, nombre y firma del profesional que las recepciona, con el objetivo de garantizar la cadena de custodia, requisito indispensable para que las pruebas sean consideradas válidas.
Ver anexo - Cadena de custodia
- Tanto los documentos de cadena de custodia (anexo 1) como los elementos de embalaje estarán en poder, preferentemente, del Psicólogo de guardia.
4. Resolución y traslado:
- Si cumple los criterios de Código VISNNA se informará a la Central precozmente para que preavise al Hospital del traslado del/la menor (Ver hospitales de referencia en la “actuación general” de este procedimiento).
- Si no cumple criterios de Código VISNNA y la víctima o el tutor legal desea denunciar:
- Si las lesiones físicas o el cuadro de intoxicación ponen en riesgo a la víctima se priorizará la asistencia médica, realizando traslado hospitalario.
- Si no presenta lesiones o intoxicación con riesgo para la víctima se trasladará a la UFAM (Unidad de la Familia y la Mujer) acompañado/a por Psicólogo de guardia y Policía.
- Si no cumple criterios de Código VISNNA y la víctima o el tutor legal no desea denunciar:
- Si las lesiones o la intoxicación ponen en riesgo a la víctima se priorizará la asistencia médica, realizando traslado hospitalario.
- Si las lesiones o la intoxicación no ponen en riesgo a la víctima, se recomendará a la víctima traslado hospitalario dada la importancia de profilaxis de Enfermedades de Transmisión Sexual y anticoncepción y la valoración de posibles lesiones ocultas; informando de la importancia de realizar el tratamiento y la recogida de pruebas lo antes posible, manteniendo la posibilidad de denunciar con posterioridad si cambia de opinión.
- El traslado se realiza en SVA o el Psicólogo de guardia dependiendo de las lesiones de la víctima, siendo conveniente que fuera acompañada por un familiar o persona de apoyo contando siempre con su aprobación y respetando su preferencia.
- El Supervisor de guardia debe ser informado del suceso, acudirá al lugar si lo requiere la unidad en el punto.
- Marque con una X en la historia clínica en la casilla de comunicación al Juez de guardia.
Observaciones
Recuerde que se trata de una situación de elevada vulnerabilidad de una persona, por ello extreme la atención emocional ante la sospecha de un abuso sexual, especialmente si se trata de víctimas de maltrato y actúe conforme a los procedimientos correspondientes: 5.7(atención a la víctima de violencia de género); 5.8 (atención sociosanitaria a menores) o 5.9 (atención sociosanitaria a mayores).
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| Manual de Procedimientos SAMUR-Protección Civil · Edición 2025 versión 0.0 |