Procedimientos operativos: Procedimiento De “Cecor” En Un Dispositivo De Riesgo Previsible
PROCEDIMIENTO DE “CECOR” EN UN DISPOSITIVO DE RIESGO PREVISIBLE
Objetivos de este procedimiento:
- Establecerá la definición de CECOR y sus diferentes tipos.
- Describir las obligaciones del Responsable del CECOR.
- Unificar la actuación de las Unidades de Comunicación de SAMUR-Protección Civil durante el desarrollo de un dispositivo de riesgo previsible.
- Estructurar la cumplimentación de los informes de CECOR que son emitidos por los responsables cuando finalizan los dispositivos de riesgo previsibles.
Definición y tipos:
- Los Dispositivos de Riesgo Previsible (DRP) son estructuras o servicios sanitarios ante situaciones de riesgo controlado o previsto, que pueden poner en peligro la salud de la población con motivo de la realización de eventos públicos que habitualmente suponen concentraciones multitudinarias (ejemplos: conciertos, acontecimientos deportivos, eventos de relevancia institucional, festividades, etc.).
- Se denomina “CECOR” a todo aquel Centro de Coordinación Operativa, especialmente diseñado para la gestión de las comunicaciones y de las intervenciones, en los dispositivos de riesgo previsible. Tiene como objetivo la coordinación adecuada entre los diferentes servicios/dispositivos sanitarios. Puede estar formado por un solo DRP o por varios. Podemos diferenciar:
- CECOR INTERNO:Centro de Coordinación establecido por SAMUR-Protección Civil para la gestión de las unidades o intervenciones sanitarias durante uno o varios DRP.
- CECOR EXTERNO:Centro de Coordinación en el que un miembro de SAMUR-Protección ejerce funciones de enlace y coordinación con otros servicios de emergencias y/o instituciones para el correcto desarrollo de un DRP.
- Se define “UCO” como “Unidad de Control Organizativo”. Es el centro de coordinación ubicado en las instalaciones deportivas, desde donde el Coordinador de seguridad del evento ejerce la dirección del dispositivo de seguridad, en todas sus fases, durante el acontecimiento deportivo, con la asistencia del responsable de seguridad del mismo, para facilitar su normal desarrollo. En ella un miembro de SAMUR-Protección Civil ejerce funciones de enlace y, en caso necesario, gestiona las unidades destinadas al DRP.
PROCEDIMIENTO DE “CECOR INTERNO”
Este CECOR se desarrolla en las instalaciones de la Central de Comunicaciones de SAMUR-Protección Civil, El CICOIN (Centro Integral de Coordinación e Información) u otra localización donde se pueda establecer un centro de comunicaciones con operadores del servicio.
Funciones del responsable del CECOR INTERNO:
- Es el responsable de la gestión de las comunicaciones en el/los dispositivos de riesgo previsible que se encuentre participando.
- Coordinará al personal que tenga asignado a su cargo (funcionario y voluntario) para cumplir con las responsabilidades asumidas.
- Solicitará al Lima de Guardia o al Encargado de la Central de Comunicaciones:
- Orden de servicio de cada DRP. Tiene obligación de conocerla.
- Relación de unidades.
- Números de tetra portátil asignados a cada unidad.
- Número de los móviles asignados a cada unidad.
- En los DRP en los que se establezca una reunión previa al comienzo del servicio, tendrá la obligación de participar en la misma con el objeto de informar de posibles cambios o resolver dudas sobre el desarrollo del dispositivo.
- Solicitará un contaje periódico del número de asistencias.
- Realizará cuantas labores sean necesarias para la correcta gestión y control de las comunicaciones/avisos/transferencias entre unidades/etc. durante el desarrollo del DRP.
- Utilizará los medios y herramientas informáticas de SAMUR-Protección Civil para la gestión de los DRP (en especial la aplicación “DRP” de la Central de Comunicaciones).
- Establecerá los periodos de descanso, con una duración variable, en la que se tendrán en cuenta (entre otros) los siguientes factores:
- Duración del DRP
- Tipo de DRP.
- Desarrollo del mismo y carga de trabajo.
- Cualquier otro factor que pueda influir en la toma de decisiones a criterio del responsable.
- Informará al Supervisor de Guardia, el responsable del DRP y a cualquier otro responsable directamente implicado, de cualquier incidencia acontecida durante el desarrollo del mismo.
- Cumplimentará el informe web de CECOR al finalizar el DRP.
El CECOR INTERNO puede gestionarse a través de la aplicación “DRP” atendiendo a los siguientes criterios:
- Multiservicio.
- Macroservicio.
- CECOR INTERNO MULTISERVICIO
Es aquel CECOR en el que se coordinan varios DRP con diferentes órdenes de servicio de manera simultánea. En la aplicación “DRP” se utiliza el modo “multiservicio” y se abren diferentes zonas para cada dispositivo de riesgo previsible.
- Apertura informática de la aplicación DRP.
Se abrirán tantas zonas como DRP haya, nombrando cada zona según el nombre del dispositivo concreto.
En este caso, en la aplicación DRP, cada zona corresponderá a cada uno de los servicios correspondientes.
- Número de identificación del servicio en la aplicación DRP.
Se establece un código de cinco dígitos (MMDDT):
- Mes (dos dígitos)
- Día (dos dígitos)
- Turno de trabajo (un dígito)
- Turno 1 de 07:00 a 15:00 horas.
- Turno 2 de 15:00 horas a 23:00 horas.
- Turno 3 de 23:00 a 7:00 horas.
- Para establecer el turno se toma como referencia la hora de inicio (aunque se sobrepase la franja horaria establecida), salvo cambios de personal o unidades.
Ejemplo: para el 22 de diciembre de 2023, turno de mañana sería 12221, turno de tarde sería 12222, turno de noche sería 12223. Si comienza el evento a las 16:00 horas y finaliza a las 1:00 horas permanecerá en turno 2 (12222).
- Aplicación Informática DRP: número de identificación del servicio.
Se establece un código de cinco dígitos continuos, seguido del año en curso, separado por una barra (MMDDT/AA)
- Mes (dos dígitos)
- Día (dos dígitos)
- Turno de trabajo (un dígito)
- Turno 1 de 07:00 a 15:00 horas.
- Turno 2 de 15:00 horas a 23:00 horas.
- Turno 3 de 23:00 a 7:00 horas.
- Para establecer el turno se toma como referencia la hora de inicio (aunque se sobrepase la franja horaria establecida), salvo cambios de personal o unidades.
- Año en curso(los dos dígitos finales del año en curso).
Ejemplo: para el 19 de marzo de 2024. En turno de mañana sería 03191/24, en turno de tarde sería 03192/24.
- Operatividad de las unidades.
Se realizará la carga (volcado) de las unidades en el sistema informático previo a la operatividad (salvo que lo impida alguna incidencia sobrevenida que deberá reflejarse como tal en el informe correspondiente) facilitando que ésta pueda ser comunicada de forma telemática desde el propio vehículo (enviando el “status 9” en la emisora del vehículo).
Sin perjuicio de lo previo, las unidades que pasen a formar parte de los DRP comunicarán también su operatividad indicando su ubicación inicial exacta por canal 10 o canal reservado por la Central de Comunicaciones para ese Servicio.
- Asignación de informes y códigos.
Según el procedimiento radiotelefónico, los códigos de incidente asignados a toda aquella unidad con capacidad asistencial que se encuentre en un servicio preventivo comenzarán por el número ocho (“8. SERVICIOS PROGRAMADOS”).
- Códigos de incidente:
- Códigos 8.12 a 8.15: serán asignados a todas las unidades como clave 2.1 (“informe corto”).
- Códigos 8.1 a 8.7:
- Unidades de mando/apoyo: serán asignados como clave 2.1 (“informe corto”).
- Unidades asistenciales: serán asignados como clave 2 (“informe largo”).
- Unidades asistenciales. Se les asignará un número de informe en clave 2 (“informe largo”). A la llegada al lugar indicado las unidades darán la clave 3 de forma telemática o, en su defecto, por voz. Usarán su número de informe para las diferentes asistencias que realicen. En el caso de que realicen más de una asistencia usarán números de pacientes correlativos (“barras”). Si hicieran un traslado y volvieran al preventivo recibirían un nuevo número de informe.
- Unidades a pie:tanto a los ECO como a los DEPA se les asignará un número de informe cuando vayan a atender un suceso que sea resuelto de forma autónoma, sin que se transfiera a otro recurso de SAMUR-Protección Civil. En caso de atender de forma autónoma a varios heridos, utilizarán números de pacientes consecutivos (“barras”). En caso de realizar exclusivamente acompañamiento del paciente hasta otro tipo de unidad asistencial o PSA, éstos deberán reflejar en su informe (cuadernillo de PSA y/o informe asistencial) qué ECO ha hecho la transferencia del paciente y el equipo ECO no realizará informe propio.
- Unidades de mando y/o apoyo.Los códigos e informes asignados a toda aquella unidad que participe en un servicio preventivo y que desarrolle su función exclusivamente como unidad de apoyo o de mando serán asignados en Clave 2.1 (“informe corto”). En el caso de que cualquiera de estos indicativos se encontrara con una asistencia sobrevenida, comunicarán dicha situación al CECOR y solicitarán un número de informe para realizar el informe de la asistencia correspondiente (dando por cerrado el informe previo en clave 2.1).
- Unidades de traslado de personal (indicativo “Tango”):A efectos de informe se considerará como “movimiento interno”.
- Traslados de pacientes.La necesidad de realizar traslado hospitalario por una unidad que participe en el servicio preventivo debe ser valorada y autorizada previamente por el responsable de dicho DRP.
Si el traslado hospitalario afectara a la operatividad del DRP, se solicitará una unidad externa al dispositivo para realizar el mismo (siempre que la tiempo-dependencia de la patología sufrida por el paciente no lo contraindique).
Sin perjuicio de lo anterior, el responsable o Supervisor del DRP podrá determinar, de forma justificada, un criterio común de traslado para el/los DRP, debiendo ser comunicado en la reunión previa al inicio del servicio a todos los intervinientes.
Una vez realizado el traslado y siempre que haya sido realizado por una unidad del DRP, se solicitará agilidad en el regreso hasta el lugar del preventivo. Cuando sea necesaria su incorporación urgente al dispositivo tras finalizar un traslado se le asignará, previa autorización del responsable del DRP, un “número de informe corto” para hacer el regreso en clave 2.1, salvo que se trate de un aviso convencional destinado a un paciente, en cuyo caso se hará de forma ordinaria en clave 2.
- Actuación con el Puesto Sanitario Avanzado (PSA):
Cuando en un DRP se cuente con la participación de un Puesto Sanitario Avanzado (PSA), se asignará a éste un número de informe que mantendrá durante todo el evento.
No se cumplimentará cuadernillo de PSA en este tipo de servicios salvo que de forma justificada así lo considere el responsable del mismo. Independientemente del uso del cuadernillo, se deberá cumplimentar informe asistencial en los siguientes casos:
- Asistencias a menores de edad no acompañados.
- Asistencias por motivos potencialmente judicializables (agresiones de cualquier índole, desperfectos en vía pública, accidentes de tráfico sobrevenidos, etc.).
- En caso de administración de tratamiento parenteral.
- Cualquier otro motivo que sea considerado por el personal de soporte vital avanzado que se encuentre prestando servicio en el PSA.
El PSA siempre deberá reflejar la unidad que le transfiere el paciente.
Una vez finalizado el evento, el Responsable del DRP , o en su defecto el Jefe del PSA contactará (preferentemente por clave 8) con el responsable del CECOR para proceder con el cierre de los informes realizados.
Finalizado el evento, quedará una USVB en preventivo hasta que el personal de logística desmonte y traslade todo el material al vehículo de logística; momento a partir del cual se podrá informar de la clave 14 a la unidad.
- Informe al finalizar el evento:
El responsable de CECOR cumplimentará el informe electrónico una vez procedido con el cierre del Centro Coordinador Operativo (CECOR).
Debe quedar reflejado:
- Incidencias acontecidas.
- Activaciones totales realizadas.
- Pacientes atendidos, reflejando los que son vistos por recurso avanzado o solo por recurso básico.
- Pacientes trasladados, indicando el tipo de unidad que traslada.
- Debe cumplimentarse todos aquellos campos que constan en el informe acorde con el desarrollo del CECOR.
- Se adjuntará el documento con las activaciones del DRP obtenido a través de la aplicación Consulta de Informes.
El responsable del CECOR contactará con el Lima de Guardia para facilitarle estos datos y que queden reflejados en su informe correspondiente.
Se realizarán dos informes en caso de coexistencia de macroservicio y multiservicio en el mismo día; o por decisión del responsable del CECOR, previa consulta al supervisor del DRP.
CECOR INTERNO MACROSERVICIO.
Se trata de aquel servicio en el que se produzca una gran ocupación de la vía pública por masificación de personas; que haga necesario la participación de un elevado número de unidades/personal para su cobertura, seguimiento y coordinación.
- Apertura informática de la aplicación DRP.
Se abrirá la aplicación, distribuyendo las unidades en función de la orden de servicio, para lo que se podrán utilizar diferentes zonas.
- número de identificación de servicio en un DRP.
Se establece un código de cinco dígitos (MMDDT):
- Mes (dos dígitos)
- Día (dos dígitos)
- Turno de trabajo (un dígito)
- Turno 1 de 07:00 a 15:00 horas.
- Turno 2 de 15:00 horas a 23:00 horas.
- Turno 3 de 23:00 a 7:00 horas.
- Para establecer el turno se toma como referencia la hora de inicio (aunque se sobrepase la franja horaria establecida), salvo cambios de personal o unidades.
Ejemplo: para el 22 de diciembre de 2023, Turno de mañana sería 12221, turno de tarde sería 12222, turno de noche sería 12223. Si comienza el evento a las 16:00 horas y finaliza a las 1:00 horas permanecerá en turno 2 (12222) .
- Aplicación Informática DRP: número de identificación de servicio de un DRP.
Se establece un código de cinco dígitos continuos, seguido del año en curso, separado por una barra (MMDDT/AA):
- Mes (dos dígitos)
- Día (dos dígitos)
- Turno de trabajo (un dígito)
- Turno 1 de 07:00 a 15:00 horas.
- Turno 2 de 15:00 horas a 23:00 horas.
- Turno 3 de 23:00 a 7:00 horas.
- Para establecer el turno se toma como referencia la hora de inicio (aunque se sobrepase la franja horaria establecida), salvo cambios de personal o unidades.
- Año en curso en el que se realiza el DRP(los dos dígitos finales del año en curso)
Ejemplo: para el 19 de marzo de 2024. Sería el turno de mañana 03191/24, turno de tarde sería 03192/24.
Operatividad de las unidades.
Se realizará la carga (volcado) de las unidades en el sistema informático previo a la operatividad (salvo que lo impida alguna incidencia sobrevenida que deberá reflejarse como tal en el informe correspondiente) facilitando que ésta pueda ser comunicada de forma telemática desde el propio vehículo (enviando el “status 9” en la emisora del vehículo).
Sin perjuicio de lo previo, las unidades que pasen a formar parte de los DRP comunicarán también su operatividad indicando su ubicación inicial exacta por canal 10 o canal reservado por la Central de Comunicaciones para ese Servicio.
Asignación de informes y códigos.
Según el procedimiento radiotelefónico, los códigos de incidente asignados a toda aquella unidad con capacidad asistencial que se encuentre en un servicio preventivo comenzarán por el número ocho (“8. SERVICIOS PROGRAMADOS”).
Códigos de Incidente:
- Códigos 8.12 a 8.15: serán asignados a todas las unidades como clave 2.1. (“informe corto”)
- Códigos 8.1 a 8.7:
- Unidades de Mando/Apoyo: serán asignados como clave 2.1 (“informe corto”)
- Unidades Asistenciales: serán asignados como clave 2 (“informe largo”)
Unidades Asistenciales:se encontrarán operativas en “Clave 0”, asignándoles un informe por cada asistencia, quedando en clave 0 al finalizar la intervención. Si realizasen más de una asistencia en el mismo punto usarán número de paciente correlativos (“barras”).
Unidades a pie:tanto a los ECO como a los DEPA se les asignará un número de informe cuando vayan a atender un suceso que sea resuelto de forma autónoma, sin que se transfiera a otro recurso de SAMUR-Protección Civil. En caso de atender de forma autónoma a varios heridos, utilizarán números de pacientes consecutivos (“barras”). En caso de realizar exclusivamente acompañamiento del paciente hasta otro tipo de unidad asistencial o PSA, éstos deberán reflejar en su informe (cuadernillo de PSA y/o informe asistencial) qué ECO ha hecho la transferencia del paciente y el equipo ECO no realizará informe propio.
Unidades de Mando y/o Apoyo:los códigos e informes asignados a toda aquella unidad que participe en un servicio preventivo y que desarrolle su función exclusivamente como Unidad de Apoyo o de Mando serán asignados en Clave 2.1 (“informe corto”).
En el caso de que cualquiera de estos indicativos se encontrara con una asistencia sobrevenida, comunicarán dicha situación a la central de comunicaciones y solicitarán un número de informe para realizar el informe de la asistencia correspondiente (dando por cerrado el informe previo en Clave 2.1).
Unidades de traslado de personal (indicativo “Tango”):a efectos de informe se considerará como “movimiento interno”.
Traslados de pacientes.La necesidad de realizar traslado hospitalario por una unidad que participe en el servicio preventivo debe ser valorada y autorizada previamente por el responsable de dicho DRP.
Si el traslado hospitalario afectara a la operatividad del DRP, se solicitará una unidad externa al dispositivo para realizar el mismo (siempre que la tiempo-dependencia de la patología sufrida por el paciente no lo contraindique).
Sin perjuicio de lo anterior, el responsable o Supervisor del DRP podrá determinar, de forma justificada, un criterio común de traslado para el/los DRP, debiendo ser comunicado en la reunión previa al inicio del servicio a todos los intervinientes.
Una vez realizado el traslado y siempre que haya sido realizado por una unidad del DRP, se solicitará agilidad en el regreso hasta el lugar del preventivo. Cuando sea necesaria su incorporación urgente al dispositivo tras finalizar un traslado se le asignará, previa autorización del responsable del DRP, un “número de informe corto” para hacer el regreso en clave 2.1, salvo que se trate de un aviso convencional destinado a un paciente, en cuyo caso se hará de forma ordinaria en clave 2.
Reserva de canales de comunicaciones.
Se realizará la siguiente distribución de canales de comunicación, salvo decisión del Supervisor responsable del DRP.
Canales:
- SAMUR 6: CICOIN
- SAMUR 10: Operatividad vehículos DRP
- SAMUR 11: Mandos
- SAMUR 12: PSA, ECOS del PSA y Foxtrot
- SAMUR 13: Filiación DRP
- SAMUR 14: Logística DRP + IMV
- SAMUR 15: DEPAS
- SAMUR 16: Uros Operativo – IMV
- SAMUR 17: ECOS
- SAMUR 18: Reservado eventos
Actuación con el Puesto Sanitario Avanzado (PSA):
Cuando en un Dispositivo de Riesgo Previsible se cuente con la participación de un Puesto Sanitario Avanzado (PSA), se asignará un número de informe que mantendrá durante todo el evento. Se procederá a la cumplimentación del “Cuadernillo de PSA”, realizando informes de asistencia en los casos indicados.
Cumplimentación de Informes y Cuadernillos de Filiación en PSA:
- Todo PSA contará con un “Cuadernillo de Filiación”. Se cumplimentará con los datos de cualquier paciente que sea valorado y/o atendido por personal del Puesto Sanitario Avanzado (o que esté asignado al mismo).
- Se cumplimentará informe asistencial (con número de paciente correlativo) en el PSA en los siguientes casos:
- Asistencias a menores de edad no acompañados.
- Asistencias por motivos potencialmente judicializables (agresiones de cualquier índole, desperfectos en vía pública, accidentes de tráfico sobrevenidos, etc)
- En caso de administración de tratamiento parenteral.
- Cualquier otro motivo que sea considerado por el personal de soporte vital avanzado que se encuentre prestando servicio en el PSA.
- Una vez finalizado el evento, el Responsable del DRP, o en su defecto el Jefe del PSA contactará (preferentemente por clave 8) con el responsable del CECOR para proceder con el cierre de los informes realizados.
Finalizado el evento, quedará una USVB en preventivo hasta que la unidad de logística desmonte y traslade todo el material al vehículo de logística; momento a partir del cual se podrá informar de la clave 14 a la unidad.
Preaviso hospitalario.
La solicitud de un preaviso hospitalario en un DRP, tanto de una SVA del preventivo como si fuera de unidad derivada del operativo, será comunicada al responsable de la Central de Comunicaciones, quien:
- Activará la cadena de mando.
- Realizará la gestión del preaviso acorde a los procedimientos habituales del servicio.
Informe al finalizar el evento.
El responsable de CECOR cumplimentará el informe electrónico una vez procedido con el cierre del Centro Coordinador Operativo (CECOR).
Debe quedar reflejado:
- Incidencias acontecidas.
- Activaciones totales realizadas.
- Pacientes atendidos, reflejando los que son vistos por recurso avanzado o solo por recurso básico.
- Pacientes trasladados, indicando el tipo de unidad que traslada.
- Debe cumplimentarse todos aquellos campos que constan en el informe acorde con el desarrollo del CECOR.
- Documento con las activaciones del DRP obtenido a través de la aplicación Consulta de Informes.
El responsable del CECOR contactará con el Lima de Guardia para facilitarle estos datos y que queden reflejados en su informe correspondiente.
Se realizarán dos informes en caso de coexistencia de macroservicio y multiservicio en el mismo día; o por decisión del responsable del CECOR, previa consulta al supervisor del DRP.
PROCEDIMIENTO DE “CECOR EXTERNO”
Se define como “CECOR Externo” a todo Centro de Coordinación en el que un miembro de SAMUR-Protección Civil ejerce funciones de enlace y coordinación con otros servicios de emergencias, servicios de seguridad y/o instituciones para el correcto desarrollo de un DRP.
Habitualmente, este tipo de CECOR se desarrolla en las instalaciones de otras instituciones (recintos deportivos, salas de concierto, recintos feriales, u otros…).
Puede estar cubierto inicialmente, o no, por un despliegue de unidades que den cobertura por parte de SAMUR-Protección Civil a los riesgos de dicho evento.
Un caso específico de este procedimiento se produce cuando el CECOR EXTERNO se desarrolla en las “UCO” (Unidad de Control Organizativo), formalmente definidas en la Ley del Deporte y bajo la dirección de un Coordinador de Seguridad. La UCO es el centro ubicado en las instalaciones deportivas, desde donde el Coordinador de seguridad del evento ejerce la dirección del dispositivo de seguridad, en todas sus fases, durante el acontecimiento deportivo, con la asistencia del responsable de seguridad del mismo, para facilitar su normal desarrollo.
- Orden de servicio, desarrollo del servicio e informe.
La Orden de Servicio (OS) será entregada al Responsable del CECOR por parte del Jefe de División de Guardia (Oficina de guarda del Charlie Bravo) en el caso de personal funcionario, o bien por el Lima de Guardia en caso del personal voluntario.
De no encontrarse el Jefe de División de Guardia disponible, se podrá solicitar la OS a los responsables de la Central de Comunicaciones, quienes deberán enviarla por mail al Responsable del CECOR.
Recogerá el siguiente material al inicio del servicio en la Base Central de SAMUR-PC:
- Tablet para cumplimentación de informes: Electromedicina.
- En caso necesario, vehículo para transporte hasta el CECOR: Oficina del Parque.
- Material sanitario, complementario y de comunicaciones: Farmacia.
Se desplazará a la localización donde preste el servicio como Responsable de CECOR, debiendo comunicar la operatividad del vehículo empleado por Canal “SAMUR 2”.
El personal funcionario cumplimentará y cerrará el “Informe de CECOR” a través de la aplicación “Informes” de SAMUR-PC antes de finalizar la jornada laboral.
El personal voluntario, remitirá los datos e incidencias relevantes al Lima de Guardia, quien será el encargado de la cumplimentación del informe correspondiente.
Al finalizar el servicio se realizará un informe en el que debe quedar reflejado:
- Incidencias acontecidas.
- Activaciones totales realizadas.
- Pacientes atendidos, reflejando los que son vistos por recurso avanzado o solo por recurso básico.
- Pacientes trasladados, indicando el tipo de unidad que traslada.
- Debe cumplimentarse todos aquellos campos que constan en el informe acorde con el desarrollo del CECOR.
- Funciones del responsable de CECOR:
El Responsable del “CECOR Externo” tiene las siguientes funciones:
- Comunicar la Apertura y Cierre del CECOR, así como del propio DRP de SAMUR-Protección Civil si lo hubiera, a la Central de Comunicaciones por canal “SAMUR 2”, indicando el resumen de asistencias realizadas e incidencias destacadas.
- Informar al Supervisor de Guardia del comienzo y finalización de su actividad en el CECOR. En el caso de tratarse de personal voluntario (ej. cobertura de CECOR en una UCO), informar al Lima de Guardia, transmitiéndole los datos necesarios para la cumplimentación del informe correspondiente.
- Solicitar las unidades a la Central de Comunicaciones en caso de ser necesario durante el desarrollo del DRP.
- Coordinar las unidades de SAMUR-Protección-Civil asignadas al DRP o que se dirijan a realizar asistencias a dicho evento, las vías de acceso, los posibles puntos de espera o puntos de reunión de víctimas y cualquier otra necesidad durante el desarrollo del CECOR o el DRP hasta la llegada de un responsable jerárquico superior (en caso de producirse).
- Informar a la Central de Comunicaciones de cualquier incidencia o hecho relevante acontecido durante el desarrollo del dispositivo. Asimismo, deberá informar al responsable jerárquico superior en los casos que se contemplen según el manual de procedimientos.
- Cumplimentar y cerrar el informe de CECOR al finalizar el servicio y/o la jornada laboral, de la forma descrita previamente.
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| Manual de Procedimientos SAMUR-Protección Civil · Edición 2025 versión 2.0 |