Procedimientos operativos: Atención al menor bajo los efectos de alcohol o drogas
ATENCIÓN AL MENOR BAJO LOS EFECTOS DE ALCOHOL O DROGAS DE ABUSO
Atienda según el procedimiento específico de intoxicaciones.
A este respecto, se considera menor a toda persona que aún no ha cumplido los 18 años.
Si el menor precisa traslado tras la asistencia sanitaria:
- Si el menor tiene menos de 16 años y precisa traslado al hospital, se deberá comunicar la situación del menor a los padres o tutores para que éstos se hagan cargo del menor.
- Asimismo, también se pondrá en conocimiento de dichos padres o tutores cuando fuese entre 16 y 18 años y la situación, a juicio facultativo, pudiera considerarse de gravedad. Si NO se considera GRAVE, no hay que comunicar nada a padres o tutores SI ÉL NO QUIERE.
- Solicite al menor la filiación de sus padres o tutores, incluyendo teléfono de contacto, así como la filiación personal.
- Transmita esta información a la Central de Comunicaciones. La Central actuará de la siguiente manera:
- Informará de la situación a Policía Municipal si aún no está en el lugar o es desconocedora del suceso. Policía Municipal intentará localizar a los padres o tutores
- Les comunicará la situación del menor, informándoles de la necesidad de traslado hospitalario e instándoles a que se dirijan al mismo.
- Si informan de su proximidad y no hay inconveniente a juicio clínico para la demora del traslado, se esperará a los padres o tutores para que acompañen al menor en el traslado.
- En caso de no localización o negativa a hacerse cargo del menor, se pondrá el traslado del menor en conocimiento de la Policía que actuará en consecuencia con sus procedimientos.
Si el menor no precisa traslado tras la asistencia sanitaria:
- No se le dará el alta médica si no existe un adulto familiar directo que firme en el informe de asistencia responsabilizándose del paciente o una Unidad de Policía que se haga cargo de este.
- En caso de menor de más de 16 años, quedará al cargo de familiar o, al menos, de responsable adecuado. Firmando este último con nombre y DNI la asunción de dicha responsabilidad.
- En caso de que los padres, tutores o familiares directos estén ausentes, pero indiquen que van hasta el lugar a hacerse cargo del menor, este deberá quedar a cargo de Policía Municipal hasta su llegada, o caso de ausencia de esta, de la dotación del recurso asistencial.
Resumen:
SITUACIÓN |
MENOR DE 16 AÑOS |
16 - 18 AÑOS |
Leve |
Informar a padres siempre.
Deciden padres. |
No informar a padres si el menor no quiere.
Decide él. |
Grave |
Deciden padres. Se les espera si es posible.
Si no hay padres: Policía. |
Se informa a padres
No necesario esperar.
Si no hay padres, aconsejable Policía. |
Alta |
Queda con familiar siempre o policía municipal/unidad SAMUR a la espera de familiares.
Firma del informe de asistencia por familiar o referencia a indicativo policial. |
Aconsejable que quede con familiar o responsable que no se encuentre en su mismo estado de intoxicación y que firme el informe asistencial. |
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Manual de Procedimientos SAMUR-Protección Civil · edición 2022 8.0 |