Actuación en casos de violencia de género

Versión 12.2 por Adil jeniah ben mezuari el 26/05/2026 13:21


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Procedimiento operativo de actuación en casos de violencia de género

El presente procedimiento regula la actuación operativa relativa a la atención y asistencia en el ámbito prehospitalario a las mujeres víctimas de violencia de género. Esto incluye los actos de violencia por parte de su pareja o expareja, entendiendo como tal los siguientes tipos:

  • Violencia física: cualquier acto, no accidental, que provoque o pueda producir daño en el cuerpo de la mujer.
  • Violencia psicológica: actos o conductas que producen desvalorización o sufrimiento en la mujer, tanto en público como en privado.
  • Violencia sexual: imposición a la mujer de mantener una relación sexual contra su voluntad, así como abusos, tocamientos, comentarios de contenido sexual, etc.
  • Violencia económica: control por parte de la pareja de los recursos económicos. Implica que la mujer no participa en la toma de decisiones sobre la distribución del gasto del dinero.
  • Violencia ambiental: cualquier acto, no accidental, que provoque o pueda producir daño en el entorno para intimidar a la mujer (Golpes a las puertas, rotura de objetos, daños a mascotas, etc.)

Ver anexo 1: Clasificación de los distintos tipos de violencia (psicológica, física, sexual, económica y ambiental.

El objetivo principal es la asistencia integral de la víctima, tanto en el aspecto sanitario como en el psicológico.

Gestión de la llamada en la Central

Será codificado como 5.7.

Llamada recibida desde el 112

Si la llamada procede de un ciudadano, institución, etc., la central de comunicaciones gestionará la presencia en el punto tanto de Policía Nacional como Policía Municipal (UAPMMM), siendo suficiente la activación a través de CISEM de 092 quien, en caso de ser el único indicativo policial presente en el punto iniciará los trámites de la denuncia remiténdolos con posterioridad a Policía Nacional para la tramitación de las diligencias.

Se activará asimismo una unidad de SAMUR-PC (Romeo, Yankee, SVA o SVB), según procedimiento operativo de activación que se describe en el siguiente apartado.

Llamada procedente de CISEM

La central de Comunicaciones gestionará con CISEM la presencia en el punto de un indicativo de 092 (UAPMMM) y procederá a la activación de una unidad de SAMUR-PC (Romeo, Yankee, SVA o SVB), según procedimiento operativo.

Llamada procedente de una unidad de SAMUR-PC

Si durante la asistencia realizada por una unidad de SAMUR-PC que ha sido activada por otra causa los miembros de la dotación de dicha unidad detectaran en el transcurso de la intervención algún indicio de violencia contra la mujer de cualquiera de los tipos antes descritos, lo comunicará a la Central de Comunicaciones, quien gestionará a través de CISEM la presencia en el punto de un indicativo de Policia Municipal (UAPMMM), iniciándose el procedimiento de atención a la mujer víctima de violencia  de género.

Ver anexo 2: Indicadores de sospecha de violencia.

Activación de recursos ante el código 5.7 por parte de la central de Comunicaciones

I. Agresión física con lesiones leves

La Central de Comunicaciones activara la Unidad Romeo, que se hará cargo de la intervención (Ver procedimiento de Asistencia psicológica en violencia de género)

El psicólogo de guardia realizará la asistencia psicológica de la víctima.

El TATS de la Unidad Romeo se encargará de la asistencia sanitaria de la paciente así como de la cumplimentación del informe asistencial de SVB (mismo nº de informe), solicitando si precisa clave 16 de USVA o USVB, ya sea para valoración facultativa como para traslado hospitalario si lo considera necesario.

En caso de no ser necesario el traslado el Psicólogo valorará acompañar a la víctima durante el proceso de denuncia en la Comisaría.

En caso de no estar disponible la Unidad Romeo para la asignación del aviso, la Central de Comunicaciones determinará el recurso más adecuado (Unidad Yankee, SVB o SVA) que se hará cargo de la intervención en base al procedimiento general de atención según patología del paciente.

II. Agresión física con lesiones graves y/o agresión sexual

La Central de Comunicaciones asignará el aviso a una USVA que se hará cargo de la intervención, activando simultáneamente a la Unidad Romeo con el objetivo de realizar la asistencia integral a la paciente siempre que la gravedad de las lesiones permita el abordaje de la asistencia psicológica de ésta, y si es posible de forma conjunta, para evitar revictimización

El facultativo responsable de la USVA determinará la necesidad de traslado hospitalario de la paciente.

III. Agresión psicológica, económica o ambiental

En caso de no concurrir agresión física, la Central de Comunicaciones activará a la Unidad Romeo que se hará cargo de la intervención y el manejo de la paciente en colaboración con Policía Municipal (UAPMMM).

Normas generales de manejo de la intervención por parte de las unidades

  • Garantizar la seguridad de la escena tanto para los intervinientes como para la víctima (asegurarse de la no presencia del agresor en las inmediaciones).
  • Desarrollar la intervención en un entorno tranquilo y con la máxima intimidad posible.
  • Recabar toda la información que sea factible tanto relativa a la paciente (filiación, antecedentes, tratamientos, etc.) como a las circunstancias específicas de la agresión. Sea extremadamente cuidadoso en el interrogatorio para evitar la revictimización, principalmente en el caso de intervención de varias unidades asistenciales.
  • Realice una valoración inicial, de acuerdo a los procedimientos generales establecidos, con especial atención a la situación del entorno o contexto, con el fin de ampliar información.
  • Actúe conforme al procedimiento terapéutico específico, en función de la patología principal que presente el paciente.
  • Sea extremadamente cuidadoso en la manipulación de  posibles pruebas que pudieran ser relevantes para el desarrollo de la potencial investigación posterior, con la precaución de no alterar la cadena de custodia policial.
  • Si las lesiones alcanzan la gravedad suficiente para necesitar asistencia hospitalaria, traslade a la paciente al hospital de referencia, informando a la unidad policial que se encuentre en el punto.
  • Si el/la paciente no precisa traslado hospitalario inmediato, el Psicólogo valorará su estado emocional, así como la pertinencia de acompañarla  a la comisaría de distrito acompañados por la unidad policial correspondiente.
  • En caso de situación conflictiva se activará al Supervisor de Guardia, dando conocimiento al Directivo de Guardia, en función de la relevancia del caso, que se dirigirá al lugar, donde contactará con el responsable del servicio policial para coordinar la actuación.
  • A la llegada de la unidad sanitaria al lugar contactará con la unidad policial para coordinar la gestión del suceso.
  • En caso de no existir policía en el lugar, será prioritaria nuestra seguridad. Solicitaremos policía en el lugar de manera inmediata, informando de la situación existente en ese momento.

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Manual de Procedimientos SAMUR-Protección Civil · edición 2020 3.0